Tratamiento de Datos Personales – Nómina Electrónica

¿Cuáles Son Las Obligaciones Del Responsable De La Información Personal Relativa A La Nómina Electrónica?

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La resolución de DIAN No. 000013 del 18 de febrero de 2021. Por la cual se implementa y desarrolla en el sistema de facturación electrónica la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina electrónica y se expide el anexo técnico para este documento.


En El Artículo
32. Establece Las Obligaciones del responsable de la información.

1. Tratar los datos en nombre propio y no en nombre o por cuenta de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.

2. No revelar datos personales a ningún tercero, permaneciendo en todo caso los sujetos obligados a generar y transmitir el documento soporte de pago de nómina electrónica y las notas de ajuste del citado documento, como responsables de la información transferida.

3. Implementar y consolidar, así como exigir a los contratistas, colaboradores, empleados, directivos, agentes, todas las medidas humanas, tecnológicas y administrativas de seguridad y protección de información que sean necesarias para garantizar la protección de los datos personales transferidos contra amenazas o peligros que afecten su seguridad y/o integridad, impedir su deterioro, adulteración, modificación o copia no autorizada, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento, o cualquier uso de los mismos que puedan generar algún perjuicio al Titular de los datos personales y/o al responsable.

4. Dar el tratamiento a los datos personales, establecido en su Política interna de tratamiento de datos personales, dando estricto cumplimiento a los principios establecidos en el Régimen Legal de Protección de datos personales.

5. Guardar la confidencialidad respecto al tratamiento de los datos personales del beneficiario del pago.

6. Garantizar al Titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de Habeas Data, esto es de conocer, actualizar y rectificar sus datos personales.

7. Actualizar los datos personales transferidos por el responsable en un plazo no mayor a los cinco (5) días hábiles siguientes contados a partir de que tiene acceso a la actualización.

8. Adelantar y dar respuesta a las consultas y los reclamos formulados por el Titular de los datos personales transferidos por el responsable.

9. No revelar información relacionada con los datos personales, a ninguna persona física ni jurídica sin el consentimiento previo y por escrito del responsable. Los datos personales podrán ser revelados a las personas expresamente autorizadas en el Régimen Legal de protección de datos.

10.Someter a tratamiento los datos personales, solo para cumplir con las obligaciones y finalidades establecidas en la resolución DIAN No. 000013 del 18 de febrero de 2021.

11.No dar a los datos personales, una finalidad diferente a la contemplada en la resolución DIAN No. 000013 del 18 de febrero de 2021, salvo que se obtenga consentimiento previo y por escrito por parte del Titular de los mismos.

12.Cumplir con las obligaciones que tenga como responsable del tratamiento, bajo la normatividad vigente y las Políticas de Tratamiento de datos personales instituidas por el responsable.

13. Las demás obligaciones que establezca el Régimen Legal de Protección de datos personales colombiano.

 

¡Conecta tu mente, tu corazón y tu mano al hacer tus apuntes personales y verás cómo esta información se anida en tu alma para siempre! 

 

Extractado de

https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000013%20de%2011-02-2021.pdf

23 septiembre, 2021

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