Ley de Inversión Social

Esta Ley tiene como propósito establecer programas de inversión social y su financiamiento, fomentar la reactivación de la economía y afianzar las finanzas públicas.

Dentro de los programas sociales, se ha aprobado extender el beneficio “Ingreso Solidario”, el Subsidio a la Nómina (PAEF), la iniciativa matrícula Cero y los incentivos para generar empleo, principalmente a jóvenes.

Igualmente se incluye, entre otros aspectos, programas de austeridad en el gasto público y sostenibilidad fiscal, estímulos a la formalización tributaria, campañas de reducción de la evasión y algunas novedades en materia tributaria.

 

Se destacan algunas modificaciones tributarias:

1.    Se aumenta la tarifa de renta de personas jurídicas a un 35%. Desde 2022 la tarifa se había definido en un 30%.

2.    Se extiende la aplicación de la sobretasa de un 3% en el impuesto de renta a las entidades financieras hasta 2025.

3.    Se limita en un 50% el descuento que se puede tomar en renta por el valor pagado en el Impuesto de Industria y Comercio ICA. Desde 2022 se permitía un descuento del 100%.

4.    Se establece de nuevo un impuesto normalización tributaria, complementario al impuesto de renta.

5.    Se autoriza a la DIAN a facturar el impuesto de renta que constituiría la determinación oficial del tributo, con base en la información reportada por terceros. Esto puede generar una nueva forma en la cual se pagan el impuesto de renta.

6.    Se establecen los días sin IVA, que podrán ser hasta tres al año. Aplicará sobre ciertos bienes como vestuario, equipos tecnológicos, elementos deportivos, juguetes, útiles escolares o insumos para el agro, atendiendo a ciertos criterios y límites definidos para cada tipo de bien.

7.    Se establece un beneficio de auditoria para los años 2022 y 2023 para quienes hayan incrementado su impuesto neto de renta en un 35% o 25% frente al impuesto del año anterior, con lo cual las declaraciones quedarán en firme a los 6 o 12 meses desde su presentación, según corresponda.

8.    Se establecen reducciones de sanciones e intereses respecto de obligaciones tributarias nacionales y territoriales que se paguen hasta el 31 de diciembre de 2021 y bajo el cumplimiento de ciertos requisitos.

9.    Se faculta al Gobierno para que transcurridos 5 años de la entrada en vigencia de la Ley dé continuidad a las disposiciones referentes a sobretasa de renta al sector financiero y el descuento en ICA.

 

 

Información tomada de Grupo Bancolombia 

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