¿Es rentable ser empresario en Colombia?

Para nadie es un secreto, que toda persona que invierte lo hace para ganar, por eso hay quienes deciden invertir en acciones y otros en hacer empresa; esto con la finalidad de generar utilidades y estás al ser repartidas o divididas entre sus accionistas se convierten en dividendos y son estas las ganancias por las que ellos decidieron invertir. Por ende, el estado debe garantizar un ambiente propicio para el desarrollo empresarial en el territorio colombiano; se tienen datos que el 60% de la economía es informal, por ello las personas jurídicas aportan el 40% del recaudo tributario en Colombia.

Sin embargo, la ley 2277-22, establece un cambio sustancial en el artículo 242 del Estatuto Tributario, pues los dividendos de personas naturales (gravados por las empresas) y no gravados en cabeza de los socios, ahora sumarán la base gravable, la tarifa y por ende el valor a pagar del contribuyente en el impuesto de renta y si la empresa decide capitalizarlos, aumentará la base gravable del impuesto al patrimonio (Art. 36-3 E.T). Por este motivo, en tema de planeación tributaría se debe tener en cuenta lo siguiente: ¿Qué es más conveniente decretar los dividendos no gravados, en el año 2022 o en el año 2023?
Para contestar la pregunta anterior, se toma como ejemplo el siguiente caso: Juan es un contribuyente que tiene unos dividendos de $11.000.000 y tiene un ingreso anual por concepto de arriendos de $48.000.000; sí el señor Juan, decide junto con los otros socios y/o accionistas decretar los dividendos en el año 2022, su declaración de renta para el año 2023 sería así: a la de cédula de dividendos y participaciones se le aplicaría la exención que abarca hasta las 300 UVT quedando su valor a pagar en cero (0), y por el concepto de renta no laborales su valor a pagar sería de $1.249.191; pero si el señor Juan y el resto de los socios deciden decretar los dividendos en el año 2023, el impuesto de renta para el año 2024, quedaría así: Los ingresos de dividendos seguirán exentos hasta, 1090 UVT, pero a diferencia de la liquidación del año 2022, estos ingresos sumarán la base gravable del contribuyente, es decir; en el año 2022 la base gravable de Juan, que era de $48.000.000, para el año 2023, la base gravable quedará en $59.000.000; motivo por el cual su valor a pagar quedó en $2.426.390; en este caso se puede evidenciar que el impuesto aumentó en un 0.51%.

Por todo lo anterior, es mejor para los accionistas que decreten los dividendos en el año 2022 y así se ahorran el 51% del impuesto a pagar.


Yesenia María Martínez
Manager G.C.E
2 enero, 2023

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